Bases para una beca de investigación en Geoparque Las Loras

El 5 de mayo de 2017 el Geoparque Las Loras se integra en las redes Europea y Mundial de Geoparques (European Geoparks Network y Global Geoparks Network) y Programa de Geoparques Mundiales de la UNESCO como instrumento comprometido en actividades de promoción y protección del patrimonio geológico, desarrollo de la geología y del geoturismo, educación medioambiental, investigación y difusión de metodología sobre gestión de Geoparques, geoconservación, geoturismo, educación ambiental y desarrollo rural en el territorio comarcal.

El día 6 de septiembre se firma un convenio de colaboración entre el Geoparque y la empresa Galletas Gullón para el desarrollo y fomento de la actividad investigadora y es en este marco donde se establecen las bases a las que se sujeta el contrato correspondiente al año 2021, y por ello se dispone:

 

PRIMERA. BENEFICIARIOS DE LAS AYUDAS

Podrán solicitar la ayuda personas físicas (autónomos/as- en ningún caso serán personas físicas a las que se les haga un contrato laboral), y jurídicas: asociaciones, legalmente constituidas, o equipos de investigación con capacidad para emitir facturas por el trabajo realizado.

 

SEGUNDA. OBJETO DE LAS AYUDAS

Es objeto de las presentes bases el regular la concesión de ayudas para la realización de trabajos de investigación de temas relacionados con el patrimonio natural y cultural del Geoparque, temas relacionados con la investigación medioambiental geo y biodiversidad, los estudios sociales y ambientales del territorio, planificación territorial y la sostenibilidad, la mejora de la calidad de vida y el papel de los instrumentos sociales en el reto de la sostenibilidad, todo ello referido al Geoparque Las Loras.

 

TERCERA. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN

Las solicitudes se podrán presentar por correo electrónico a través de la dirección info.geoloras@gmail.com.

En la solicitud constará la siguiente documentación:

 

  1. Instancia de SOLICITUD dirigida al Sr./a Presidente/a del Geoparque Las Loras, ajustada al modelo publicado en esta convocatoria (ANEXO I). EL MODELO PODRÁ SER solicitado en soporte informático a esta Entidad o descargado de la web del Geoparque: geoparquelasloras.es. Cada una de las peticiones se realizará de modo independiente y deberá especificarse en cada una la cantidad que se solicita y el presupuesto total.
  2. Fotocopia del DNI o tarjeta de identificación. En caso de Asociaciones, fotocopia compulsada de los Estatutos de la Entidad
  3. Currículum Vitae del autor o
  4. Proyecto del trabajo a realizar, que deberá ser original o inédito, en el que se valore la importancia del Deberá presentarse de acuerdo con el siguiente esquema:
  • Título.
  • Resumen del proyecto (máximo un folio).
  • Descripción de los objetivos concretos del
  • Antecedentes y estado actual del
  • Hipótesis, metodología y plan de
  • Bibliografía.
  • Presupuesto detallado de la investigación. El presupuesto no contemplará la adquisición de equipos informáticos.
  • Aval del director de un departamento universitario, de una institución científica o de una persona de relevancia científica dentro del ámbito de la investigación
  1. Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Tesorería General de la Seguridad

Si la solicitud de iniciación no reuniera los datos de identificación, tanto de la ayuda solicitada como de la entidad solicitante, se requerirá a la Entidad solicitante, y se dará un plazo de 5 días naturales para subsanarlo. El Geoparque podrá solicitar aclaraciones o ampliaciones de información o de documentación, así como condicionar la concesión de la ayuda a la aceptación de las modificaciones que se establezcan sobre la actuación propuesta.

El contenido de las bases de la presente convocatoria se encuentra a disposición de los solicitantes, en la web del Geoparque. www.geoparquelasloras.es. Y en la web de Galletas Gullón www.gullon.es

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del anuncio en las Web del Geoparque hasta el 29 de septiembre de 2021. Procediendo a la resolución de solicitudes el 29 de octubre de 2021.

La solicitud y toda la documentación que la acompaña deberán enviarse también en formato digital al correo info.geoloras@gmail.com.

CUARTA. CUANTÍA DE LAS AYUDAS

Las ayudas tendrán una dotación máxima de 4.000,00 € (impuestos incluidos). El importe se hará efectivo en dos partes iguales: el 50 % del importe en el momento de adjudicación de la ayuda tras adquirir el beneficiario el compromiso de entregar el trabajo terminado en el plazo y las condiciones propuestas, y la segunda en el momento de entrega de este tras su aprobación por el Geoparque.

La ayuda, mediante contrato, estará sujeta y no exenta al IVA y al IRPF y sujeta a la debida retención ya que no se cumple el requisito de estar la ayuda inscrita en el Registro General de programas de ayudas de investigación del Estatuto del personal investigador.

El abono de las cantidades se realizará, previa presentación de las correspondientes facturas, mediante transferencia, haciendo referencia al presente contrato.

 

QUINTA. ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS DE VALORACIÓN.

La valoración de las solicitudes presentadas corresponderá a una Comisión con representación de la Comisión científica asesora del Geoparque y un representante de la empresa Gullón. El Coordinador de este grupo de trabajo elevará a la Presidencia del Geoparque las correspondientes propuestas de concesión de ayudas para su aprobación, dando cuenta a la Comisión ejecutiva en la siguiente sesión. En su selección se valorará especialmente:

  • Los contenidos de los proyectos
  • Su metodología y proyección de futuro.
  • El carácter innovador de los proyectos

La Comisión priorizará proyectos que contemplen líneas de investigación que no hayan sido objeto de ayudas en anteriores convocatorias.

La decisión de la Comisión se hará pública mediante su inserción en la web del Geoparque www.geoparquelasloras.es. Sólo se dará traslado de la Resolución de manera particular, al autor del proyecto seleccionado.

 

SEXTA. RESOLUCIÓN DE LAS SOLICITUDES

El plazo máximo de resolución será no más tarde del 29 de octubre del 2021.

 

SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

Los beneficiarios de estas ayudas quedan obligados al cumplimiento de las siguientes estipulaciones:

  1. A aceptar la ayuda otorgada y las condiciones derivadas de su otorgamiento, por escrito en el plazo máximo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente de su notificación. Transcurrido dicho plazo sin la aceptación expresa de la ayuda se entenderá que renuncia a la
  2. A hacer constar en cualquier publicación relacionada con la investigación realizada, la colaboración de del Geoparque Mundial UNESCO Las Loras y la empresa Gullón.
  3. A facilitar, a los dos meses un informe parcial sobre el desarrollo del trabajo y a los ocho meses de la concesión de la ayuda, un informe sobre el desarrollo del
  4. A entregar, al finalizar el trabajo, un ejemplar del mismo impreso y una copia en soporte
  5. A admitir la presencia y cumplimentar la información que le sea solicitada por el Geoparque.
  6. A la cesión no exclusiva al Geoparque de los derechos de explotación del trabajo contratado, que podrá editarlos y utilizarlos, según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad
  7. A participar, a través de una conferencia que explique el trabajo realizado, en una actividad de divulgación de la Geología organizada por el Geoparque Mundial UNESCO Las Loras. Si se requiere desplazamiento para realizar dicha actividad este será a cargo del Geoparque siempre y cuando sea en territorio nacional.
  8. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social; así como de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

OCTAVA. PERIODO Y CONDICIONES DE REALIZACIÓN

El plazo límite para la realización del trabajo será aproximadamente de 8 meses, desde octubre del 2021 a 30 de junio de 2022.

Las ayudas se harán efectivas en los plazos y proporciones descritas en el apartado CUARTO.

 

NOVENA. ANULACIÓN Y REINTEGRO

Procederá la anulación de la ayuda y el reintegro de las cantidades percibidas en los siguientes casos:

  • la existencia de defectos en los requisitos
  • incumplimiento de la obligación de justificación.
  • incumplimiento de la finalidad y condiciones a que está sujeta la concesión.
  • incumplimiento de las obligaciones previstas en la base séptima

 

DÉCIMA. RÉGIMEN JURÍDICO

El presente contrato se regulará por mutuo acuerdo entre las partes. Las dudas y controversias que surjan con motivo de la interpretación y aplicación del presente Convenio que no puedan ser resueltas de forma amigable por las partes, se resolverán de conformidad con las normas reconocidas por el Derecho.

Fecha de publicación: 08/09/2021

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